(Caracas, 01 de octubre de 2025. MundoUR).- El presidente, Nicolás Maduro, firmó un decreto de conmoción externa. El decreto le otorga poderes especiales para responder a las “amenazas peligrosas”, ante el despliegue militar de Estados Unidos en el Caribe.
Este decreto ha sido cuestionado por expertos sobre la legalidad y necesidad de esta medida en un contexto de agresiones. Juan Carlos Apitz, decano de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas de la UCV, declara que firmar este decreto sin existir una agresión no tiene sentido.
Apitz explica que el procedimiento constitucional establece que para que un decreto de este tipo tenga validez, debe ser publicado en Gaceta Oficial y ser aprobado por la Asamblea Nacional y eso no ha sucedido hasta ahora.
Además, el decano destaca que la Constitución prohíbe la limitación de los derechos fundamentales. «No puede nunca limitarse las garantías constitucionales relativas al derecho a la vida», añade Apitz.
«El Estado de Emergencia Económica significa ya una alteración constitucional», dice el experto sobre el estado vigente desde 2016.
Apitz finaliza advirtiendo que «cualquier esado de excepción tiene hasta 90 días de vigencia».





