(Caracas, 06 de julio de 2026. Ashley Gómez/MundoUR).- La profesora especializada en derecho de familia y el niño, Yumildre Castillo, destacó la importancia de garantizar el seguimiento de los protocolos de actuación para ayudar a niños en posible situación de orfandad tras los terremotos.
Castillo explicó que dentro del derecho humanitario existe la acción con daño y la acción sin daño: la acción con daño está motivada por la emoción del momento y está impulsada por un criterio de caridad o asistencia.
Mientras que la acción sin daño es aquella promovida por expertos profesionales y que va relacionada con una serie de protocolos de actuación para garantizar que a futuro no se genere un mayor daño en las víctimas.
La experta aseguró que incluso las casas hogares deben cumplir con una serie de requisitos para poder atender a dicha población vulnerable. Entre ellos destacan: Inscribirse ante el Concejo Municipal de Derechos del municipio correspondiente y tener conocimiento sobre cómo abordar a la población afectada.
«Si usted encuentra a un niño solo en la calle y se lo lleva para su casa, eso es un ilícito porque es una retención indebida la que está generando y ocasionando. Usted no tiene el músculo técnico para ubicar a esa familia y al contrario, llevárselo a su casa significa que lo invisibiliza ante las instituciones del estado para que puedan cumplir con ese rol de contactar a la familia y luego garantizar que se dé además la estancia con la familia dentro de los cánones regulares de atención», explicó.
Asimismo, en caso de encontrar a un menor de edad en estado de vulnerabilidad recomendó tomar fotografías del lugar donde está el niño, tomar los datos de identificación del niño, tomar foto al niño para mostrar a las autoridades, pero no difundirlas, y llevar al niño ante las autoridades competentes: en este caso, el Consejo de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes (CPNNA).





