(Caracas, 26 de enero de 2024 – MundoUR).- La Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia ratificó este viernes la inhabilitación para ejercer cargos públicos al exgobernador del estado Miranda Henrique Capriles.
De acuerdo con la sentencia, publicada en el portal del TSJ, se declaró improcedente la demanda de nulidad interpuesta por los abogados de Capriles ante la inhabilitación que se le impuso en 2017 y que tiene una vigencia de 15 años, por lo que volvería a estar habilitado para el año 2032.
Además consideró el Máximo Tribunal del país que la solicitud «no cumple con los requerimientos establecidos y exigidos en el Acuerdo de Barbados, firmado el 17 de octubre de 2023», al tiempo que refirió que el expediente será pasado a la Fiscalía «por los presuntos hechos graves en que incurrió el prenombrado ciudadano, a fin de que determine las sanciones penales a que haya lugar».
Al conocer la sentencia del TSJ, Henrique Capriles aseguró a través de la red social X que el deseo de cambio de un país no puede ser inhabilitado, así como también aseveró que la ciudadanía no debe apartarse de la ruta electoral ni del ejercicio del derecho al voto.
«Siempre estaré del lado de los más vulnerables y de las soluciones. 2024 tiene que ser el año del Pueblo venezolano», dijo.
Lo que nunca podrán inhabilitar es el sentimiento de CAMBIO de los venezolanos. El sueño de tener un país donde la Constitución y las leyes sean iguales y respetadas por todos. Donde el Gobierno se ocupe de darle bienestar y calidad de vida a la gente. Donde llegar a viejo sea un… https://t.co/zyFKQCZ9gH
— Henrique Capriles R. (@hcapriles) January 26, 2024
Más temprano, el Poder Judicial habilitó para poder participar en elecciones al presidente de ProCiudadanos, Leocenis García, y el dirigente de Primero Justicia, Richard Mardo.
En las decisiones de la referida sala del TSJ se publicaron las sentencias, con fecha de este viernes, se indica que tanto Mardo como García «quedan habilitados para el ejercicio de funciones públicas, sin perjuicio de la responsabilidad penal a que hubiera lugar».