CARACAS.-La Sala Constitucional se declaró incompetente para conocer y declinó su conocimiento ante la Sala de Casación Penal del TSJ del recurso de interpretación de los artículos 31 y 32 de la Ley Orgánica contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo, e interpuesto por el fiscal general Tarek William Saab.
El referido recurso, según indicó la parte accionante, busca determinar si la organización con fines políticos “Voluntad Popular” es una organización terrorista, y si es susceptible de sanciones por este motivo en base a lo establecido en la normativa legal nacional y en la Constitución.
Se trata de la decisión N° 0073-2020 de la Sala Constitucional, con ponencia del magistrado Rene Alberto Degraves Almarza.
Nota de prensa/Unión Radio