(Caracas, 13 de mayo de 2023 – MundoUR).- Este sábado se dio a conocer la publicación en Gaceta Oficial Extraordinaria número 6.746 y de fecha 1° de mayo el aumento de los bonos de alimentación y «guerra económica» que anunció el presidente Nicolás Maduro el Día del Trabajador y que, desde el Gobierno, se denominan «ingreso mínimo mensual».
La Gaceta Oficial se conoce casi 15 días después del aumento de estas bonificaciones, criticadas por varios sectores quienes aseguran que no lo incluyen en el sueldo para no tenerlo que poner como base; aunque el Estado indica que es alto temporal y que en el corto plazo, cuando hayan mejores condiciones, poder hacer un buen aumento del salario.
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Maduro, en la marcha del 1° de mayo, no hizo un anuncio formal del salario mínimo -que era lo que reclamaban los trabajadores del sector público y otros gremios porque ronda los 130 bolívares- sino que decretó incrementos en el bono de alimentación, cercanos a los 40 dólares «indexados» y 30 dólares el «bono de guerra» para los empleados públicos».
En explicaciones posteriores ofrecidas por el ministro del Trabajo, Francisco Torrealba, se indica que los jubilados recibirían el 70% de ambos beneficios, rondando entonces los 49 dólares.
¿Qué dice la Gaceta Oficial sobre los bonos?
- Oficializan el aumento del bono de alimentación a 1.000 bolívares, que al cambio del BCV para el lunes 15 de mayo representan 39,32 dolares debido a la tasa de 25,43 bolívares por dólar establecidas para la fecha.
- Se indica que se hará un ajuste mensual de estos bonos por medio de la tasa del día que fije el Banco Central de Venezuela para pagarlos con un valor indexado a bolívares
- El denominado «bono de guerra económica» se paga mensualmente a los trabajadores públicos, haciendo la discriminación siguiente: Los que cobran bono de alimentación, recibirán 750 bolívares adicionales; mientras que aquellos que son «pasivos» cobrarán 1.225 bolívares al mes.
- Los pensionados recibirán mensualmente el «bono de guerra» que tendrá un valor de 500 bolívares.
- Para efectos del cálculo en las nóminas, recibirán el nombre de «ingreso mínimo mensual».
- El que pague por debajo de lo establecido, debe pagar la diferencia correspondiente.
- No indica la Gaceta que estos «beneficios» incidan en prestaciones sociales, aguinaldos y otras reivindicaciones de carácter salarial vigentes.